Turismo social
por Erica Schenkel (CONICET - UNS)
El turismo social se origina a mediados del siglo XX, con la proclamación del turismo como un derecho inalienable del hombre. Surge para coadyuvar a que ciertos colectivos vulnerables puedan hacer efectivo su derecho a vacacionar. Entre los grupos sociales que contempla, se incluyen: los jóvenes, la tercera edad, las familias con bajos ingresos y aquellos que padecen algún tipo de discapacidad. De este modo, el turismo social reivindica los principios humanistas y solidarios de la actividad y fundamenta su existencia en garantizar el acceso al derecho al ocio sin ningún tipo de barreras.
En cuanto a su conceptualización, la Organización Internacional del Turismo Social (OITS), lo define como el “…conjunto de relaciones y fenómenos que resultan de la participación al turismo y en particular de la participación de capas sociales con recursos modestos. Esta participación es posible, o al menos es facilitada, gracias a medidas con un carácter social bien definido” (Estatutos, 2003). Esta definición genérica que propone la OITS, puede ser complementada a partir de diferentes abordajes. Si lo analizamos específicamente desde la arena política, como instrumento público, refiere al conjunto de objetivos, decisiones y acciones, que programa e implementa, principalmente, un gobierno, para hacer efectivo el derecho al turismo y a la recreación en aquellos colectivos vulnerables. La lógica de servicio de interés público que proclama el turismo social, hace que ocupe un lugar central dentro de las acciones de gobierno. Las características que lo identifican, como los precios bajos, la carencia de ánimo de lucro y el objetivo de alcanzar el bienestar humano, determinan que sea imprescindible para su desarrollo, el impulso desde los Estados, en acción coordinada con las asociaciones civiles (Robert Lanquar, 1984). El turismo social necesita de gobiernos providentes, que dentro de las políticas sociales impulsen la democratización de estas prácticas. En este sentido, la ampliación social del turismo, es un instrumento fundamental en el camino de la inclusión de los pueblos, al promover la igualdad de oportunidades y la reivindicación social de aquellos sectores marginados. La concepción de entender a la actividad como un derecho universal, razón de ser del turismo social, es producto del conflicto, de la puja entre clases, de las reivindicaciones sociales que conquistan los trabajadores. La primera institución de carácter internacional en proclamar el derecho, fue la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1936, el Convenio 52 reglamenta el “derecho a las vacaciones pagadas” para todas las personas. A partir de este documento, los trabajadores disponen de días no laborables pagos para emprender prácticas turísticas. La exclusividad en el acceso al turismo en sectores aristocráticos hasta mediados del siglo XX, no se debe a un problema de imposibilidad de gasto de los asalariados, sino a algo mucho más elemental, la indisponibilidad de tiempo físico para el descanso. Más de una década después, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en 1948, establece el “Derecho al descanso y a su aprovechamiento” (Artículo 15). Ese mismo año, la Declaración Universal de los Derechos Humanos lo ratifica, al proclamar que “toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagas” (Artículo 24). Luego surgen otros pronunciamientos en la misma dirección, entre ellos: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966; la Carta de Viena, 1972; la Declaración de Manila, 1980; el Documento de Acapulco, 1982, la Carta del Turismo y Código del Turista, 1985; la Declaración de Montreal, 1996; y el Código Ético Mundial para el Turismo, 1999. Con la proclamación de estos documentos, se sientan las bases para la ampliación social de la actividad, al generar las condiciones materiales y legales para que el acceso al turismo deje de ser un privilegio y se convierta en un derecho de todos los sectores. En este aspecto, cabe destacar la posición de vanguardia que asumió América Latina. Además de impulsar el primer acuerdo internacional que refiere al derecho a las vacaciones pagas, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue pionera en las ratificaciones del Convenio 52. Los gobiernos populistas de Lázaro Cárdenas en México y de Getulio Vargas en Brasil, se convirtieron en los primeros, a nivel mundial, en ratificar el Convenio del derecho a las vacaciones pagadas en 1938, acuerdo al que adhiere siete años después Juan Domingo Perón, siendo la Argentina el séptimo país del mundo en convalidarlo (OIT, ILOLEX. Ratificaciones Convenio 52).Esta posición de avanzada de Latinoamérica, se explica por la esencia “populista” que irrumpía en la región. El reconocimiento de derechos o el impulso de políticas públicas para aquellos sectores marginados, depende, principalmente, del carácter de los gobiernos. Por este motivo, las primeras medidas que tienden a la democratización del turismo en el mundo, se originan en países de regímenes socialistas o socializantes, a medida que se fueron promoviendo los derechos laborales; los Estados de gobiernos liberales, las adoptan posteriormente, en especial al finalizar la Segunda Guerra Mundial (Lanquar, 1984). Como reflexión final, cabe señalar que si bien se ha avanzado en materia de turismo social, a partir de documentos y políticas públicas concretas, todavía falta mucho para que el acceso a estas prácticas sea un derecho social efectivo. Aun las mayorías mundiales permanecen excluidas de su disfrute, por no contar con los ingresos mínimos necesarios para acceder a su consumo. En este sentido, se necesita de gobiernos providentes que, en el marco de políticas de inclusión, cuenten con medidas de turismo social, que tiendan a hacer efectivo el derecho al ocio, incluso para aquellos que no pueden pagarlo. Posibilitar su acceso en sectores marginados, es una forma de contenerlos, de hacerles sentir que “algo” al menos les pertenece.Fuentes:Organización Internacional de Turismo Social (OITS). Estatutos. 2003; …Carta de Viena. 1972; …Declaración de Montreal. 1996 – Asamblea General de las Naciones Unidas. Declaración Universal de los Derechos Humanos. 1948; …Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 1966 – Organización de los Estados Americanos. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. 1948 – Organización Internacional del Trabajo. Convenio 52. 1938 – Organización Mundial del Turismo. Carta del Turismo y Código del Turista. 1985; …Código Ético Mundial para el Turismo. 1999; …Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial. 1980; …Documento de Acapulco. México. 1982 – R. Lanquar. “El turismo social y su lógica como servicio de interés público” , en Estudios Turísticos, Madrid, 1984
Fuente: http://www.cecies.org/articulo.asp?id=372 - Proyecto: DICCIONARIO DEL PENSAMIENTO ALTERNATIVO II En cuanto a su conceptualización, la Organización Internacional del Turismo Social (OITS), lo define como el “…conjunto de relaciones y fenómenos que resultan de la participación al turismo y en particular de la participación de capas sociales con recursos modestos. Esta participación es posible, o al menos es facilitada, gracias a medidas con un carácter social bien definido” (Estatutos, 2003). Esta definición genérica que propone la OITS, puede ser complementada a partir de diferentes abordajes. Si lo analizamos específicamente desde la arena política, como instrumento público, refiere al conjunto de objetivos, decisiones y acciones, que programa e implementa, principalmente, un gobierno, para hacer efectivo el derecho al turismo y a la recreación en aquellos colectivos vulnerables.
La lógica de servicio de interés público que proclama el turismo social, hace que ocupe un lugar central dentro de las acciones de gobierno. Las características que lo identifican, como los precios bajos, la carencia de ánimo de lucro y el objetivo de alcanzar el bienestar humano, determinan que sea imprescindible para su desarrollo, el impulso desde los Estados, en acción coordinada con las asociaciones civiles (Robert Lanquar, 1984). El turismo social necesita de gobiernos providentes, que dentro de las políticas sociales impulsen la democratización de estas prácticas. En este sentido, la ampliación social del turismo, es un instrumento fundamental en el camino de la inclusión de los pueblos, al promover la igualdad de oportunidades y la reivindicación social de aquellos sectores marginados.
La concepción de entender a la actividad como un derecho universal, razón de ser del turismo social, es producto del conflicto, de la puja entre clases, de las reivindicaciones sociales que conquistan los trabajadores. La primera institución de carácter internacional en proclamar el derecho, fue la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1936, el Convenio 52 reglamenta el “derecho a las vacaciones pagadas” para todas las personas. A partir de este documento, los trabajadores disponen de días no laborables pagos para emprender prácticas turísticas. La exclusividad en el acceso al turismo en sectores aristocráticos hasta mediados del siglo XX, no se debe a un problema de imposibilidad de gasto de los asalariados, sino a algo mucho más elemental, la indisponibilidad de tiempo físico para el descanso. Más de una década después, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en 1948, establece el “Derecho al descanso y a su aprovechamiento” (Artículo 15). Ese mismo año, la Declaración Universal de los Derechos Humanos lo ratifica, al proclamar que “toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagas” (Artículo 24). Luego surgen otros pronunciamientos en la misma dirección, entre ellos: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966; la Carta de Viena, 1972; la Declaración de Manila, 1980; el Documento de Acapulco, 1982, la Carta del Turismo y Código del Turista, 1985; la Declaración de Montreal, 1996; y el Código Ético Mundial para el Turismo, 1999. Con la proclamación de estos documentos, se sientan las bases para la ampliación social de la actividad, al generar las condiciones materiales y legales para que el acceso al turismo deje de ser un privilegio y se convierta en un derecho de todos los sectores.
En este aspecto, cabe destacar la posición de vanguardia que asumió América Latina. Además de impulsar el primer acuerdo internacional que refiere al derecho a las vacaciones pagas, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue pionera en las ratificaciones del Convenio 52. Los gobiernos populistas de Lázaro Cárdenas en México y de Getulio Vargas en Brasil, se convirtieron en los primeros, a nivel mundial, en ratificar el Convenio del derecho a las vacaciones pagadas en 1938, acuerdo al que adhiere siete años después Juan Domingo Perón, siendo la Argentina el séptimo país del mundo en convalidarlo (OIT, ILOLEX. Ratificaciones Convenio 52).
Esta posición de avanzada de Latinoamérica, se explica por la esencia “populista” que irrumpía en la región. El reconocimiento de derechos o el impulso de políticas públicas para aquellos sectores marginados, depende, principalmente, del carácter de los gobiernos. Por este motivo, las primeras medidas que tienden a la democratización del turismo en el mundo, se originan en países de regímenes socialistas o socializantes, a medida que se fueron promoviendo los derechos laborales; los Estados de gobiernos liberales, las adoptan posteriormente, en especial al finalizar la Segunda Guerra Mundial (Lanquar, 1984).
Como reflexión final, cabe señalar que si bien se ha avanzado en materia de turismo social, a partir de documentos y políticas públicas concretas, todavía falta mucho para que el acceso a estas prácticas sea un derecho social efectivo. Aun las mayorías mundiales permanecen excluidas de su disfrute, por no contar con los ingresos mínimos necesarios para acceder a su consumo. En este sentido, se necesita de gobiernos providentes que, en el marco de políticas de inclusión, cuenten con medidas de turismo social, que tiendan a hacer efectivo el derecho al ocio, incluso para aquellos que no pueden pagarlo. Posibilitar su acceso en sectores marginados, es una forma de contenerlos, de hacerles sentir que “algo” al menos les pertenece.
Fuentes:
Organización Internacional de Turismo Social (OITS). Estatutos. 2003; …Carta de Viena. 1972; …Declaración de Montreal. 1996 – Asamblea General de las Naciones Unidas. Declaración Universal de los Derechos Humanos. 1948; …Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 1966 – Organización de los Estados Americanos. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. 1948 – Organización Internacional del Trabajo. Convenio 52. 1938 – Organización Mundial del Turismo. Carta del Turismo y Código del Turista. 1985; …Código Ético Mundial para el Turismo. 1999; …Declaración de Manila sobre el Turismo Mundial. 1980; …Documento de Acapulco. México. 1982 – R. Lanquar. “El turismo social y su lógica como servicio de interés público” , en Estudios Turísticos, Madrid, 1984
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